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Ganancias: cambios en los controles de precios de transferencia y la declaración jurada

  Ganancias: cambios en los controles de precios de transferencia y la declaración jurada

El Poder Ejecutivo oficializó una serie de modificaciones en el Impuesto a las Ganancias, a través del Decreto 767/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial. La medida actualiza los umbrales de materialidad para operaciones internacionales y amplía el alcance de la declaración jurada simplificada para personas humanas. 

Según el texto, que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, solo deberán informar al fisco los contribuyentes que realicen operaciones de importación y/o exportación por montos anuales iguales o superiores a $500 millones. 

Además, no estarán obligadas a presentar las declaraciones juradas especiales de precios de transferencia aquellas empresas cuyos montos totales con vinculados del exterior sean inferiores a $150 millones o $15 millones por operación individual. 

El decreto también perfecciona los controles sobre bienes con cotización, incorporando un régimen de registración electrónica obligatoria para exportaciones, con un plazo máximo de 60 días desde el embarque, e incorpora una definición más amplia de precios de referencia para asegurar valores de mercado

En paralelo, se modifica el Decreto 353/2025, habilitando que la declaración jurada simplificada del impuesto pueda incluir rentas de fuente extranjera, en los casos y plazos que disponga la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

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