Exportadores: autorizan la dolarización de saldos tributarios y reintegros pendientes
El Ministerio de Economía habilitó un mecanismo para que los exportadores puedan expresar en dólares sus saldos a favor de libre disponibilidad de impuestos nacionales y los importes de Reintegro a la Exportación acumulados. La medida fue oficializada mediante la Resolución 1834/2025, publicada en el Boletín Oficial.
La norma permite optar por la dolarización de los saldos y reintegros acumulados al 31 de octubre de 2025. Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 1° de marzo de 2026 para presentar la solicitud correspondiente, ya sea de devolución o de pago. La conversión se realizará utilizando el tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina vigente el día de entrada en vigencia de la resolución.
En el caso de saldos por impuestos nacionales, la ARCA deberá establecer un esquema de asignación directa o proporcional a las operaciones de comercio exterior.
La resolución también define el uso futuro de los montos dolarizados. Los exportadores podrán solicitar su compensación o devolución a partir del 1° de enero de 2027. Estos créditos podrán aplicarse a tributos interiores y aduaneros cuya recaudación esté a cargo de la Dirección General de Aduanas, o bien pedirse su reintegro. Para determinar el importe final se tomará el tipo de cambio comprador del Banco Nación del día anterior a la operación.
La iniciativa busca otorgar previsibilidad y proteger el valor real de los créditos fiscales del sector exportador.
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