ARCA flexibiliza el régimen de comprobantes para envíos al exterior sin operación comercial
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso que, en determinadas exportaciones que no implican una compraventa, ya no será obligatoria la emisión de la factura electrónica clase “E”. La medida fue formalizada mediante la Resolución General 5827/2026 y comenzó a regir el 24 de febrero de 2026, con su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
La decisión apunta a simplificar los procedimientos aduaneros y reducir cargas administrativas en operaciones donde no existe una transacción económica ni ingreso de divisas. En ese marco, ARCA modificó el régimen vigente de comprobantes electrónicos para exportaciones y estableció que la factura “E” será optativa cuando los envíos al exterior se realicen sin carácter oneroso.
El cambio alcanza, entre otros supuestos, a las exportaciones de muestras enviadas gratuitamente, a los envíos destinados a compensar mercadería con deficiencias, a las operaciones con fines promocionales y a las exportaciones realizadas a título gratuito, siempre que no se encuentren comprendidas en regímenes específicos que mantienen su propia normativa.
Aunque la obligación se elimina, los exportadores conservan la posibilidad de emitir el comprobante de manera voluntaria. En esos casos, la normativa permite consignar un importe igual a cero, dejando constancia de que no se trata de una operación comercial.
Según los fundamentos oficiales, la medida busca dar mayor coherencia al sistema de documentación electrónica y agilizar la operatoria del comercio exterior, adecuando las exigencias formales a la verdadera naturaleza de este tipo de envíos. El impacto es directo para los exportadores que operan bajo regímenes especiales o realizan envíos gratuitos, ya que se reducen trámites sin alterar los controles fiscales aplicables a las exportaciones con fines comerciales.
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