Newsletter de Contador Público

SIRADIG 2025: preguntas frecuentes

  SIRADIG 2025: preguntas frecuentes

El miércoles 11 de marzo, la carrera de Contador Público de la Universidad de Palermo llevó adelante una nueva edición de Contador Público UP en Vivo con la charla “SIRADIG 2025: cómo informar correctamente las deducciones antes del 31/03”, a cargo de Noelia Girardi. La actividad, en modalidad online, estuvo orientada a empleados en relación de dependencia y liquidadores de sueldos, con el objetivo de brindar herramientas prácticas para optimizar la carga de información en el sistema.

 Durante el encuentro se repasó el funcionamiento del SIRADIG como instrumento clave para informar deducciones, cargas de familia y percepciones que impactan directamente en el cálculo del Impuesto a las Ganancias. En este sentido, se destacó como regla central que solo deben informarse aquellos gastos efectivamente pagados por el contribuyente, evitando duplicaciones con conceptos ya incluidos en el recibo de sueldo

Entre las deducciones más relevantes, se abordaron los gastos médicos —deducibles en la medida en que no hayan sido reintegrados—, los seguros de vida, los intereses de créditos hipotecarios y los gastos educativos vinculados exclusivamente a cargas de familia. También se explicó el tratamiento de las cargas de familia, las percepciones por consumos en moneda extranjera y los casos de pluriempleo, donde resulta fundamental identificar correctamente al agente de retención. 

Asimismo, se remarcó la importancia del plazo del 31 de marzo como fecha límite para la presentación del formulario, así como la posibilidad de rectificarlo las veces que sea necesario hasta ese momento. 

En este marco, se recopilan algunas de las preguntas más frecuentes que surgieron durante la charla para ayudar a despejar dudas al momento de cargar la información: 

1. ¿Puedo presentar el SIRADIG del período 2025 después del 31 de marzo? No. Luego del 31/03/2026 el empleado ya no puede informar deducciones ni percepciones al empleador por ese período. 

2. ¿Pueden ambos padres que viven con el hijo menor de 18 años deducirse el monto al 100%? No. La deducción por hijo se computa al 50% cada uno o al 100% por uno solo. 

3. ¿Puedo cargar en el SIRADIG los gastos de educación de la facultad a la que asisto? No. Solo se admiten gastos educativos de hijos u otras cargas de familia (hasta 24 años), no los propios. 

4. ¿Puedo modificar el SIRADIG después de haberlo enviado? Sí. Puede rectificarse y volver a enviarse las veces que sea necesario, hasta el 31 de marzo del año siguiente. 

5. ¿Qué pasa si tuve más de un empleador durante el año? Debe informarse quién actúa como agente de retención y declarar las remuneraciones de los otros empleadores.

Te invitamos a revivir la charla completa en el siguiente enlace:
.



WhatsApp Chateá con Informes
WhatsApp Chateá con Informes