La UIF habilita el intercambio directo de información entre organismos para reforzar la lucha contra el lavado de dinero
La Unidad de Información Financiera (UIF) aprobó un nuevo esquema para el intercambio de información entre organismos de control nacionales y entidades del exterior, con el objetivo de reforzar la prevención del lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva. La medida fue oficializada el 30 de marzo de 2026 mediante la Resolución 35/2026, publicada en el Boletín Oficial.
La normativa reemplaza el régimen vigente desde diciembre de 2025 y redefine cómo se coordinan y comparten datos sensibles entre los principales supervisores del sistema financiero: el Banco Central, la Comisión Nacional de Valores, la Superintendencia de Seguros de la Nación y el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social.
Uno de los cambios centrales es que estos organismos podrán intercambiar información de manera directa, sin necesidad de intermediación previa de la UIF, lo que apunta a agilizar los tiempos de respuesta y mejorar la detección temprana de operaciones sospechosas. Este intercambio deberá realizarse exclusivamente a través de sistemas electrónicos seguros, garantizando trazabilidad y confidencialidad.
Además, cada solicitud de información deberá especificar el motivo, el detalle de los datos requeridos y el nivel de urgencia, y solo podrá referirse a información disponible en el organismo requerido. La normativa también establece que los datos compartidos no podrán utilizarse para otros fines ni transferirse a terceros sin autorización.
La UIF mantendrá un rol de supervisión y coordinación, con facultades para requerir información sobre los intercambios realizados, elaborar estadísticas y asegurar el cumplimiento del régimen.
El nuevo esquema se alinea con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y responde a observaciones de evaluaciones internacionales recientes.
Whatsapp +54 9 11 38325424
