La CNV habilita el crowdfunding con autorización automática y flexibiliza el acceso al financiamiento
La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1125/2026, que incorpora el financiamiento colectivo (crowdfunding) al régimen de oferta pública con autorización automática, tras una consulta pública previa. La medida busca facilitar el acceso al mercado de capitales para pymes y emprendedores, reduciendo costos y plazos, y ampliando las alternativas de inversión.
La normativa habilita la participación de inversores no calificados en proyectos productivos, tanto en la colocación primaria como en la negociación secundaria, bajo límites que resguardan al público minorista. En ese sentido, se establecen topes: hasta el 5% del patrimonio del inversor por emisión y un máximo del 10% en el total invertido bajo este esquema, además de límites nominales por operación.
El nuevo régimen permite canalizar emisiones de menor escala sin intervención previa de la CNV, mediante procesos más ágiles pero manteniendo estándares de transparencia e información. Asimismo, se exige a las emisoras utilizar un lenguaje claro para que los inversores comprendan los riesgos.
Entre las principales novedades, se actualiza la definición de inversor calificado, incorporando los activos virtuales como parte del cómputo patrimonial (mínimo de 350.000 UVAs), y se amplían los montos del régimen de mediano impacto para acciones y obligaciones negociables, que pasan a 15 millones de UVAs.
La norma no modifica el régimen de Plataformas de Financiamiento Colectivo previsto en la Ley 27.349 y entró en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
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