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Nuevo régimen de facilidades de pago en ARCA

  Nuevo régimen de facilidades de pago en ARCA

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó, mediante la Resolución General 5875/2026, un régimen excepcional de facilidades de pago para regularizar deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026. El plan está dirigido a MiPyMEs (tramos 1 y 2 con Certificado MiPyME vigente), pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro con la caracterización correspondiente en el Sistema Registral. 

El régimen permite incluir impuestos, recursos de la seguridad social, multas, intereses, retenciones y percepciones impositivas, pero no prevé quitas de capital, reducción de intereses ni condonación de sanciones. Entre las principales exclusiones figuran los anticipos y pagos a cuenta, retenciones previsionales (salvo aportes personales de empleados), aportes a obras sociales, cuotas de ART, impuestos sobre cigarrillos, cuotas de planes vigentes y determinadas obligaciones de IVA vinculadas con servicios del exterior. Tampoco podrán adherir quienes tengan condenas firmes por delitos tributarios, previsionales o aduaneros. 

Las condiciones varían según el tipo de contribuyente. Las micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro podrán financiar deudas impositivas, aduaneras y previsionales en hasta 18 cuotas, o 9 cuotas para retenciones y percepciones, con un anticipo del 5% y una tasa mensual del 2,75%. Las medianas empresas podrán acceder a 15 cuotas (o 7 para retenciones y percepciones), con un anticipo del 10% y la misma tasa. El pago a cuenta y cada cuota tendrán un monto mínimo de $50.000

La adhesión podrá realizarse hasta el 30 de octubre de 2026 a través del servicio “Mis Facilidades”, opción “Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 30/06/2026”. No existe un límite en la cantidad de planes que puede presentar un contribuyente. La consolidación de la deuda se produce al abonarse el anticipo y la adhesión implica renunciar a reclamar posteriormente la devolución de los montos regularizados. 

El plan caducará automáticamente por la falta de pago de dos cuotas (consecutivas o alternadas) o de la última cuota durante más de 60 días desde su vencimiento, habilitando a ARCA a iniciar las acciones de cobro correspondientes.

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