ARCA habilitó la recategorización del monotributo
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la recategorización semestral del monotributo, un trámite que podrá realizarse hasta el 5 de agosto y que alcanza a los contribuyentes cuyos ingresos o parámetros hayan variado durante los últimos 12 meses. La actualización incorpora un incremento del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales, en línea con la inflación del primer semestre medida por el INDEC.
La recategorización debe realizarse de manera online a través del portal de ARCA o de la aplicación ARCA Móvil. El organismo también mantiene disponible la modalidad de recategorización simplificada, que muestra automáticamente la facturación anual registrada para agilizar el trámite. Además, los contribuyentes pueden consultar el Monitor de Facturación, una herramienta que informa el monto acumulado, la categoría vigente y alerta cuando se está próximo a superar el límite permitido.
Deben recategorizarse quienes hayan registrado cambios en sus ingresos, alquileres, consumo de energía o superficie afectada a la actividad durante el último año. En cambio, no deberán realizar el trámite quienes mantengan la misma categoría o quienes aún no hayan cumplido seis meses desde el inicio de actividades.
Con la actualización, el tope máximo de facturación anual pasó de $12.009.410,45 para la categoría A a $126.610.838,75 para la categoría K. Asimismo, las cuotas mensuales aumentaron según la categoría y el tipo de actividad (servicios o venta de bienes).
Los nuevos valores comenzarán a regir con el vencimiento del 20 de agosto, fecha en la que los monotributistas deberán abonar la cuota correspondiente con los importes actualizados.
ARCA recordó que, si un contribuyente no realiza la recategorización cuando corresponde, el organismo podrá efectuar una recategorización de oficio, utilizando información como facturación electrónica, movimientos bancarios, acreditaciones, compras y otros datos fiscales disponibles.
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