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Nuevo régimen de retención en billeteras virtuales, por Noelia Girardi.

  Nuevo régimen de retención en billeteras virtuales, por Noelia Girardi.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) implementó una nueva medida para la retención anticipada del impuesto sobre los Ingresos Brutos: ahora, las billeteras virtuales y cuentas de pago deberán descontar el tributo cuando un cliente realice un depósito o transferencia, equiparando su funcionamiento al de las cuentas bancarias tradicionales. Podés conocer más en el siguiente enlace

Para analizar el alcance de esta resolución, Radio Capital y Café Financiero conversaron con Noelia Girardi, contadora pública y docente de Impuestos I en la Universidad de Palermo

Girardi explicó que la medida no implica un nuevo impuesto, sino que anticipa el pago de un tributo ya existente. “Los comerciantes van a seguir recibiendo el monto de sus ventas, pero con una retención aplicada automáticamente en sus billeteras o cuentas bancarias. Es clave que el comerciante no traslade este descuento al precio final del consumidor, para no afectar la venta”, señaló en diálogo con Radio Capital

En la entrevista con Café Financiero, detalló que “ahora, cuando un comerciante reciba dinero de sus clientes en esas billeteras virtuales, se les va a ver retenido, descontado automáticamente, un concepto que se conoce como retención de Ingresos Brutos. Conceptualmente lo que ocurre es que, como todo anticipo financiero, genera un perjuicio en el contribuyente, porque de ese 100% de la cobranza no va a poder disponer libremente”. 

La especialista advirtió en ambos espacios que será importante que los contribuyentes monitoreen los saldos a favor que puedan generarse, ya que esos montos podrían quedar inmovilizados hasta la presentación de la declaración jurada. 

Al mismo tiempo, aclaró en Café Financiero que no todas las operaciones están alcanzadas: “Si una persona en relación de dependencia cobra su sueldo en la billetera, o un jubilado recibe un haber, o alguien acredita un plazo fijo, esos movimientos no quedan sujetos a la retención”. 

Girardi remarcó también que este régimen no es exclusivo de la Provincia de Buenos Aires: ya funciona en 19 jurisdicciones del país. Dentro de la PBA, los individuos que operan con cuentas bancarias tradicionales ya estaban alcanzados; la novedad es que ahora el esquema se extiende a las billeteras virtuales, equiparándolas con el sistema bancario. 

De esta manera, ARBA asegura la recaudación anticipada y evita que los contribuyentes incumplan con el pago del impuesto. Girardi enfatizó que se trata de una medida de recaudación, no de un tributo nuevo, y que el monto retenido se compensa posteriormente en la declaración jurada. 

Accedé a la nota completa en los canales de Youtube de Radio Capital y Café financiero.

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