Charla sobre Minería e Inversión: Introducción al Código Minero y al RIGI

La charla cubrió diversos aspectos de la industria minera, incluyendo la clasificación de minerales, los permisos de exploración y explotación, los requisitos legales para las operaciones mineras y su financiamiento. Charla sobre Minería e Inversión: Introducción al Código Minero y al RIGI
En el marco del Ciclo de charlas de docentes sobre Actualidad Jurídica, el Profesor Nicolás Acerbi, Abogado y Consultor especializado en Derecho Ambiental, Minero y Energía, habló sobre derecho ambiental y regulaciones mineras en Argentina y el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

Fulvio Santarelli, Decano de la Facultad de Derecho, presentó la actividad y ofreció un panorama sobre las novedades académicas recientes.

El Profesor Nicolás Acerbi analizó la intersección entre la ley minera argentina y los regímenes de inversión, destacando la importancia económica de los proyectos de litio, cobre y oro como fuentes de divisas y de empleo especializado. Señaló la coexistencia del Código Minero con marcos normativos más recientes y subrayó la necesidad de comprender ambos sistemas para desenvolverse en un panorama legal complejo. Además, explicó la clasificación de minerales en tres categorías —definidas por decisión legislativa más que por criterios geológicos— y detalló las etapas de la actividad minera, desde la prospección hasta la comercialización.

En relación con los permisos, Acerbi describió el procedimiento para obtener autorizaciones de exploración, remarcando su carácter exclusivo, los límites temporales de hasta 1.100 días y la exigencia de presentar planes de trabajo. También explicó la relevancia de la declaración de descubrimiento, punta pie inicial de la concesión legal (derecho real de prioridad), ilustrando con un caso práctico. Asimismo, repasó los requisitos posteriores al hallazgo de un yacimiento, como la presentación de avisos públicos, el pago de cánones anuales y la obligación de invertir para sostener la explotación.

La reunión abordó también la interacción entre la normativa nacional y las regulaciones provinciales, especialmente respecto a los regímenes de grandes inversiones y las evaluaciones ambientales. Acerbi recalcó que las provincias pueden adherirse o no al régimen nacional establecido por la Ley N° 27742, pero manteniendo sus propias regulaciones. Puso de ejemplo la provincia de Chubut que si bien adhiere al RIGI prohíbe la actividad minera y a Catamarca para mostrar que la adhesión no implica la pérdida de validez de las normas locales, lo cual puede generar tensiones en proyectos sensibles.

Finalmente, se discutieron los beneficios y obligaciones de los grandes proyectos de inversión, que buscan incentivar inversiones nacionales y extranjeras y promover el desarrollo económico y la competitividad sectorial beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios por 30 años. Entre los requisitos, se destacó la creación de un Vehículo Único del Proyecto (BPU), la inversión mínima de 200 millones de dólares —o 2 mil millones en proyectos estratégicos— y ventajas como impuestos reducidos, depreciación acelerada y facilidades de importación/exportación. El Profesor también detalló el régimen sancionatorio, el arbitraje como mecanismo de resolución de disputas y los riesgos vinculados a la aplicación retroactiva de normas y a la protección de derechos adquiridos.

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