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¿El F.B.I. contra Apple?

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¿El F.B.I. contra Apple?

Por: Dr. Carlos Peña, informático, abogado y docente UP

El 2 de diciembre de 2015, en San Bernardino, California, EEUU, Syed Farook y su esposa Tashfeen Malik, sorpresivamente, mataron a 14 personas e hirieron a otras 22 aprovechando la fiesta de compañeros de trabajo del primero. Unas horas después se tirotearon con la policía y ambos murieron. Los investigadores creen que podrían haber estado ligados a alguna organización terrorista.

Previo al desenlace, los atacantes habían destruido físicamente dos celulares e hicieron desaparecer el disco rígido de su computadora el cual no fue hallado pese a que hasta fue buscado por buzos en un lago cercano ante la posibilidad de que lo hubiesen arrojado allí. Pero Farook además poseía un iPhone proporcionado por su empleador –el mismo condado de San Bernardino- que fue encontrado en una búsqueda posterior.

Cuando los investigadores quisieron acceder a la información que pudiera contener, se encontraron con que les resultaba imposible ya que desde el año 2014 la empresa que los produce, la famosa Apple, permite el encriptado de los datos por defecto, de tal manera que sólo conociendo la clave se puede acceder a ellos.

Entonces, en el contexto de la investigación, una jueza dictó una orden a la empresa a fin de que ayude al F.B.I. a acceder a la información. Para hacerlo debería desarrollar un software especializado que permita sortear la característica de autodestrucción de los datos que los elimina si hay repetidos intentos fallidos para desbloquearlo.

Pero la empresa, a través de su CEO, Tim Cook, ha pedido que se anule la orden argumentando que si se desarrollase el software que se solicita se abriría la posibilidad de que fuera utilizado en otras ocasiones y a partir de entonces ya no podría brindar a sus clientes la protección integral de sus datos tal como lo hace ahora.

De esta forma se ha iniciado una controversia legal y un debate internacional sobre el derecho de los Estados para acceder a información en investigaciones relacionadas con el crimen y los derechos de la privacidad de los ciudadanos.

Fundamentalmente, el tema es planteado como un enfrentamiento entre dos posiciones irreductibles. Por una parte, la de los gobiernos que siguiendo sus propios fines intentan impedir que existan ámbitos a los que no puedan acceder en sus investigaciones. Esta posición se ha visto fortalecida a partir de la necesidad de combatir el terrorismo internacional. Por la otra, la que sostiene la defensa de los derechos de los ciudadanos a proteger su intimidad, postura acompañada por las grandes empresas de tecnología informática que promueven, publicitan y venden productos que aseguran que la información almacenada en ellos será inviolable por inaccesible.

Resulta paradójico comprobar que los argumentos de los primeros se basan en la defensa de los ciudadanos a través de la persecución del crimen y los segundos también sostienen defender a los ciudadanos resguardando su intimidad. Así ha quedado planteada la controversia jurídica: ¿Deben o no deben las empresas permitir el acceso a la información contenida en los productos que ofrecen a sus usuarios?

Es un lugar común afirmar que la tecnología avanza a mayor velocidad que las respuestas jurídicas y que por ello resulta inevitable que se generen zonas de oscuridad o de ausencia de juridicidad. Pero esa afirmación puede esconder un profundo error nacido de una posición pesimista.

El derecho nunca debería estar ausente. Lo que sucede en ciertos períodos históricos es que los planteamientos jurídicos se encuentran atrasados pero de ninguna manera se trata de una falencia inmanente. Se trata de un problema a resolver, de una carencia y de un desafío.

Las respuestas jurídicas siempre tienen tanto alcance como la profundidad lograda en la comprensión de los problemas a los que se enfrentan. Y estos problemas actuales deben tratar una conjunción de desarrollo tecnológico, organización social y valores culturales. Solamente si se plantean correctamente los puntos del debate se podrá ver con claridad las distintas posiciones políticas y las distintas concepciones de la relación del Estado con los ciudadanos.

La tecnología informática no es como suele creerse una cuestión de desarrollo de máquinas cada vez más eficientes. La tecnología informática tiene como base una representación de la realidad (no necesariamente binaria) y una automatización de su procesamiento. Esa representación genera una forma distinta de instalación del ser humano en el mundo, una forma distinta de configuración de las relaciones sociales y una forma distinta de organización en todos los niveles.

No es posible prever los desarrollos tecnológicos concretos pero sí podemos investigar la potencialidad de esa forma de procesar la información y así incluso prever también muchos de los conflictos jurídicos que habrán de producirse. En este último caso contaríamos con un derecho adelantado a la tecnología.

Pero hasta que no se realice esta conceptualización del fenómeno socio-tecnológico no habrá más que soluciones ocasionales e indecisos vaivenes judiciales y legislativos, de lo que es demostrativo no sólo el caso planteado sino también los reiterados cambios en las normativas de los distintos países en aspectos como los delitos, la propiedad intelectual, la responsabilidad civil, etc.

Entonces el problema no es “El F.B.I. contra Apple” (y en muchos casos contra Google, Yahoo, Facebook, etc.) sino la urgencia de plantear y redefinir políticamente los derechos personales en un contexto en el cual muchas de las respuestas han quedado agotadas porque fueron dadas para un mundo distinto.